SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2015-S1

Fecha: 12-May-2015

a)

Javier Rolando Chaca Quina, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, mediante informe escrito cursante a fs. 56 y vta., expresó que: a) Recibido el memorial de 7 de octubre de 2014, presentado por el ahora accionante solicitando la corrección del procedimiento dejando sin efecto la Resolución 289/2014 de 26 de mayo, se señaló audiencia de consideración para el 14 de octubre del mismo año a horas 08:45, sin embargo pese a haberse realizado las diligencias correspondientes a las partes, el demandante de tutela no se hizo presente, conforme se demuestra en el acta del mencionado día; b) Si bien se refirió que existiría minoría de edad, según la disposición transitoria sexta del Código Niña Niño y Adolescente de 17 de julio de 2014, los procesos contra adolescentes que hubieren sido tramitados con el Código de Procedimiento Penal se sujetaran a lo establecido por esta norma, así en el marco de lo previsto en el art. 5 del Código Penal (CP) se aplicará esta norma para las personas que en el momento del hecho fueren mayores de dieciséis años; c) La audiencia para tratar lo solicitado fue reprogramada para el 17 de octubre del mencionado año, a pesar que se desconoce la Resolución cuestionada.