Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0478/2015-S3
Fecha: 05-May-2015
II.2.
II.2. De la Resolución pronunciada por el Juez de garantías, se advierte de la verificación del cuaderno procesal a fs. 39, la parte imputada mediante memorial presentado el 15 de octubre de 2014, solicitó al Juez de Instrucción la extinción de la acción penal, al no haber pronunciamiento de la autoridad fiscal, mereciendo la providencia de 16 del mismo mes y año, se instruyó el traslado del memorial a la parte civil; sin embargo, ésta a la fecha de la presentación de la presente acción no fue notificada, motivo por el cual no se pronunció la autoridad demandada (fs. 14).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR