SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2015-S3
Fecha: 05-May-2015
denegó
El Tribunal Quinto de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, a través de Resolución 08/2014 de 24 de octubre, cursante de fs. 116 a 120 vta., denegó la tutela solicitada; bajo los siguientes fundamentos: a) Respecto a la SCP 0217/2014, para que la acción de libertad repare derechos relativos al debido proceso, el acto indebido debe estar vinculado a la privación de la libertad de la persona y a la indefensión absoluta de ésta; b) En el caso, el objeto del reclamo son los actos de nulidad en la audiencia conclusiva que no se encuentran vinculados con el derecho a la libertad, debido a que el accionante se encuentra con medidas sustitutivas a la detención preventiva, y ese beneficio no fue cuestionado; y, c) La SCP 0863/2013-L de 16 de agosto, refiere que la audiencia conclusiva tiene la finalidad de cerrar una fase para pasar a la siguiente, pero no se encuentra vinculada a la libertad de las personas.