SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0481/2015-S2
Fecha: 07-May-2015
II.3.
II.3. El 4 de agosto de 2008, la Jueza Primero de Partido de Familia de Trinidad, pronunció la Sentencia 61/2008 que declaró probada en parte la demanda presentada por Adalberto Durán Natusch, y probada la prescripción opuesta por Juan Carlos Suárez Cuéllar y Evelyn Durán Natusch, en consecuencia dispuso: 1) Que, los codemandados Evelyn Durán Natusch y los coherederos de José Mamerto Durán Natusch, rindan cuenta al demandante Adalberto Durán Natusch de los 39600 m². Dispuesta en compraventa a favor de Osmán Cuéllar Languidey y Julio Torrez López y que asciende al monto de $us112 000.- (ciento doce mil dólares americanos) terreno que forma parte del fundo “El Sujo” que mantienen en lo proindiviso con el demandante; 2) Se aprueba la rendición de cuenta presentada por José Mamerto Durán Natusch (QEPD) de los dineros ingresados a la cuenta 004-001-010711; 3) No ha lugar a la rendición de cuenta por parte de Juan Carlos Suárez Cuéllar y Evelyn Durán Natusch de los cheques y/o liquidaciones cobrados por éstos al haberse operado la prescripción extintiva o liberatoria a su favor (fs. 1722 a 1731).