SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0489/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0489/2015-S1

Fecha: 18-May-2015

debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional”

Por su parte, la SCP 0482/2013 de 12 de abril, que sistematizó la jurisprudencia constitucional con referencia a la subsidiariedad de la acción de libertad determinó que: “2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional” (negrillas añadidas).