Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0493/2015-S3
Fecha: 19-May-2015
II.5.
II.5. Informe DAF - A.L. 30/2014 de 16 de enero, la cual refiere que: i) En cuanto a las vacaciones, estas serán compensadas económicamente; y, ii) Referente a la Sentencia 115/2013 de declaración de interdicción, no se puede adelantar criterio alguno, en tanto esta no tenga calidad de cosa juzgada (fs. 35 a 37).
- acción de amparo constitucional
- solicitó
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.2.
- CONFIRMAR