SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2015-S3

Fecha: 12-May-2015

a)

Rocio Wilma Rivas Peredo, Directora del Centro Penitenciario Femenino “San Sebastián” del departamento de Cochabamba, por informe de 5 de noviembre de 2014, cursante a fs. 28 y vta., señaló lo siguiente: a) Al ser notificada con el mandamiento de libertad de otro caso, su Secretaria para verificación del mismo se dirigió a la localidad de Quillacollo, retornando aproximadamente a horas 18:15, donde se percató que en la puerta del Recinto se encontraban varias personas, una de ellas le indicó que tenía el mandamiento de libertad de Fabiola Mayra Cardona Acuña -ahora accionante-, el cual no fue recepcionado por encontrarse fuera de horario, ya que en plataforma del Juzgado solo se atiende hasta horas 18:00; y, b) Antes de dar cumplimiento a los mandamientos de libertad, tiene la obligación de verificar la autenticidad de la firma y sello de los jueces que emiten dicho mandamiento y dar cumplimiento conforme a ley y a la jurisprudencia constitucional.