SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0534/2015-S2
Fecha: 21-May-2015
II.6.
II.6. La parte impetrante mediante memorial de 2 de septiembre de 2014, solicitó el cumplimiento de la Resolución de recurso jerárquico, mereciendo el proveído AN-GRPGR-ULEPR-P-035/2014 de 24 de septiembre, en sentido “Que de la revisión al memorial presentado (…) se evidencia que la solicitud carece del sustento legal para el análisis y evaluación de la misma, no proporcionando mayores elementos para que esta Gerencia pueda emitir un pronunciamiento de manera fundamentada y congruente a lo pedido. Asimismo se aclara al impetrante que existe una demanda Contencioso Administrativa por lo que aun el fallo emitido por la Autoridad General de Impugnación Tributaria se encuentra sujeto a revisión” (sic) (fs. 138 a 140; y, 144).