SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2015-S2

Fecha: 26-May-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que el Ministerio Público le sigue por la presunta comisión del delito de violación a niño niña o adolescente en grado de tentativa, la parte acusada -hoy accionante- aduce que habría solicitado mediante memorial, audiencia para efectivizar la fianza económica y arraigo el 12 de septiembre de 2014, ante esa solicitud la Jueza de Instrucción Mixta y cautelar de Morochata, por proveído de 18 del mes y año indicados, señaló la misma para el 29 de igual mes y año; es decir, siete días después del tiempo razonable, pese a que cumplió con las medidas sustitutivas impuestas en el Auto de 5 de septiembre de 2014, por lo que la fianza ya se encontraba efectivizada con la presentación del certificado de arraigo y el depósito judicial, sin necesidad de señalar audiencias y más fuera de plazo razonable; actos que conculcan su derecho a la libertad, lo que implica una detención ilegal y arbitraria.