SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2015-S2

Fecha: 26-May-2015

i)

Wilson Mamani Quispe, Secretario General de la Federación Departamental de Trabajadores Fabriles de La Paz, en audiencia, manifestó que: i) Si la parte patronal señala que el accionante no asistió a su fuente laboral cuando se dispuso su reincorporación por el Ministerio del Trabajo, éste para justificar la supuesta renuncia voluntaria que hubiera existido debió presentar el memorándum de restitución ante dicha instancia laboral y no pretender confundir con lo afirmado a las autoridades judiciales; y, ii) Si la parte patronal no estaba de acuerdo con la Resolución emitida por el Ministerio de Trabajo, debió acudir a la vía judicial ordinaria de carácter laboral de acuerdo a la SCP 0027/2012 de 4 de mayo, por lo que si el trabajador cumplió con todos los procedimientos administrativos, corresponde su reincorporación y por lo tanto, debe concederse la tutela