Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0584/2015-S2
Fecha: 26-May-2015
i)
Héctor Sahonero, en audiencia señaló que: i) No es cierto que no haya procedido a contestar la acción de amparo formulada, ya que expresó que la vulneraciones en las que incurrió el Juez de la causa; y, ii) No existe violación al derecho al trabajo y menos a la propiedad debido a que el secuestro se determinó porque las maquinarias estaban siendo usadas en la comisión de hechos ilícitos.