AUTO CONSTITUCIONAL 0158/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0158/2015-RCA

Fecha: 18-Jun-2015

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial interpuesto el 10 de abril de 2015, cursante de fs. 303 a 310 vta., el accionante señaló ser Gerente Propietario de la empresa “J.C.C. REPRESENTACIONES”, la cual se adjudicó la licitación pública con CUCE: 12-0140-00-355500-1-1, lanzada por la UPEA, entidad con la que el 7 de enero de 2013, suscribió dos contratos administrativos signados como UPEA-CBS 002/13 de 7 de enero y UPEA-CBS 003/2013, para la ejecución de los proyectos: UPEA-INS-ANPE-2C-B-026/2012 y UPEA-INS-ANPE-2C-B 027/2012, equipamiento con computadoras portátiles y datas para el Centro de Estudiantes y la Federación Universitaria Local (FUL).

Refirió que, pese a hacerse efectiva la entrega del equipamiento adjudicado y haber solicitado tanto el pago de los servicios y el pago de daños y perjuicios en virtud a que se cumplió con los contratos administrativos suscritos de manera oportuna y prevista, sin recibir el pago correspondiente; el 10 de junio de 2013, mediante carta notariada UPEA-CITE-REC- EXT 067/2013, se le comunicó la intención de la UPEA de efectuar la resolución de dichos contratos por caso fortuito, haciéndole saber que se reservan el derecho de retención de los bienes ingresados a sus almacenes hasta la devolución de los pagos parciales realizados a su persona, la cual fue respondida negativamente solicitando nuevamente, el pago pendiente en el plazo de cuarenta y ocho horas, la cual no tuvo respuesta alguna, al igual que las solicitudes efectuadas posteriormente.

Manifestó que, los indicados contratos administrativos en las cláusulas relativas a la forma de pago, son precisas al establecer que la entidad contratante deberá proceder al pago del monto pactado a contra entrega de los bienes; sin embargo, dicha disposición fue omitida por la UPEA, pretendiendo que se anule la contratación después de más de dos años, sin fundamentación valida ni adecuada a los procedimientos administrativos de la normativa vigente.