AUTO CONSTITUCIONAL 0158/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0158/2015-RCA

Fecha: 18-Jun-2015

subsidiariedad

En consecuencia, la jurisdicción constitucional se encuentra impedida de conocer la acción de amparo constitucional interpuesta, por no haberse agotado previamente todos los medios de defensa, más aún cuando ésta demanda tutelar está supeditada bajo el principio de subsidiariedad, que opera en aquellos casos en los cuales no existe otro remedio judicial o administrativo eficiente, para restituir los derechos que se alegan como lesionados.