AUTO CONSTITUCIONAL 0165/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0165/2015-RCA

Fecha: 24-Jun-2015

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 30 de abril de 2015, cursante de fs. 17 a 25, el representante de la institución accionante manifestó que, el Banco Bisa S.A. inició un proceso coactivo civil contra ésta, mismo que se tramita en el Juzgado Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba.

Manifestó que, dentro del proceso referido, por las anomalías que se cometieron en su trámite, el 29 de abril de 2013, interpuso incidente de nulidad de obrados, y por Auto de 2 de septiembre del mismo año, fue rechazado; el 26 del mismo mes y año presentó recurso de apelación contra la indicada resolución, la que fue resuelta por los Vocales ahora demandados mediante “Auto de Vista de 1 de septiembre de 2014”.

Seguidamente, formuló acción de amparo constitucional contra el último Auto de Vista señalado ut supra, argumentando que fue pronunciado sin la debida fundamentación, motivación y congruencia; el Tribunal de garantías por Resolución 35/2014 de 8 de diciembre, le concedió la tutela y dejó sin efecto el “Auto de Vista de 1 de septiembre de 2014”, disponiendo que los Vocales codemandados pronuncien otra resolución observando los principios de congruencia, fundamentación y garantizando el debido proceso.