AUTO CONSTITUCIONAL 0174/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0174/2015-RCA

Fecha: 29-Jun-2015

i)

La línea jurisprudencial citada, ha establecido que la tutela de derechos fundamentales a través de la acción de amparo constitucional frente a vías de hecho, tiene dos finalidades esenciales: i) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, ii) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia; y, cuando una persona haya sido objeto de vulneración de sus derechos por esta vía o medida de hecho, o justicia por mano propia, puede acudir directamente a la acción de defensa, prescindiendo del principio de subsidiariedad, más cuando uno de ellos es el derecho a la vivienda por tratarse de un lugar digno para vivir, y no simplemente de un techo para estar o para dormir; sino que es una condición esencial para la supervivencia y para llevar una vida segura, digna, autónoma e independiente; es un presupuesto básico para la concreción de otros derechos fundamentales, entre ellos, la vida, la salud, el agua potable, servicios básicos, trabajo.