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    AUTO CONSTITUCIONAL 0227/2015-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0227/2015-CA

    Fecha: 12-Jun-2015

    afectada por una norma jurídica contraria a la Constitución

    Por su parte el art. 132 de la Norma Suprema, dispone que: “Toda persona individual o colectiva afectada por una norma jurídica contraria a la Constitución tendrá derecho a presentar la Acción de Inconstitucionalidad, de acuerdo con los procedimientos establecidos por la ley” (la negrilla es nuestra).

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • “…
    • I.2. Respuesta a la acción
    • rechazó
    • afectada por una norma jurídica contraria a la Constitución
    • y todo género de resoluciones no judiciales
    • una norma jurídica contraria a la constitución,
    • RATIFICAR

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