Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0245/2015-CA
Fecha: 17-Jun-2015
proceso judicial o administrativo
Por su parte el art. 73.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo), establece que la: “Acción de Inconstitucionalidad de carácter concreto, que procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo, cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales” (las negrillas son ilustrativas).
- Freddy Céspedes Soliz, Juez Tercero de Partido del Trabajo y Seguridad Social del departamento de Santa Cruz,
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- proceso judicial o administrativo
- II.3. Requisitos de procedencia y contenido de la acción de inconstitucionalidad concreta
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR