SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0569/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0569/2015-S1

Fecha: 01-Jun-2015

1)

La accionante a través de sus abogados, se ratificó en el memorial de la presente acción de libertad y ampliándola señaló que: 1) Dentro del proceso penal que se amplió en su contra se la convocó para prestar su declaración informativa para el 4 de diciembre de 2014, presentándose de forma voluntaria para no obstaculizar la investigación, pero exhibió una certificación extendido por el “Tribunal de Sentencia” donde se establece que su abogada de confianza se encuentra participando de un juicio y por lo tanto no contaba con defensa técnica e idónea para poder asistirla; 2) Se le impuso un abogado defensor de oficio atentando contra su derecho a la defensa, debido a lo cual dicho acto procesal terminó con una aprehensión ilegal e indebida, dado que no se le mostró o notificó una resolución fundamentada, menos existe una orden escrita por la cual demuestre que se haya ejecutado una determinación así, puesto que la decisión emerge de un acto arbitrario e impositivo de parte de la representante del Ministerio Público, debido a que no se respondió a las formalidades previstas por el art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP); 3) No existen elementos que demuestren que ella sea la autora de los delitos que se le imputan, todos los argumentos expuestos son circunstanciales y diferenciales de personas que hacen referencias solo a supuestos en los que basa la Fiscal para emitir una resolución que fue presentada después de que sucedió la aprehensión ilegal; y, 4) El caso ya se encontraba con control jurisdiccional en virtud a lo cual el Juez de la causa ya había fijado audiencia para el 2 de diciembre de 2014, debido a lo cual no se entiende por qué se volvió a citar a la accionante así sea con la ampliación de la imputación, por lo que es evidente que se pretendía detenerla; es así, que de forma clara se observa que existieron irregularidades en la actuación de la Fiscal demandada, debido a lo cual solicita se conceda la tutela.