Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0620/2015-S3
Fecha: 11-Jun-2015
I.1.3.Petitorio
Solicita se conceda la tutela, ordenándose a la Jueza demandada, que emita una resolución debidamente motivada y fundamentada allanándose o rechazando la recusación planteada en contra del accionante, remitiendo asimismo el expediente, en el día de su conocimiento, al siguiente en número de la misma materia que debe reemplazarla; y paralelamente, dentro de las veinticuatro horas, elevar en consulta los antecedentes de la recusación ante el tribunal superior de turno.