Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0620/2015-S3
Fecha: 11-Jun-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El representante del accionante, señaló como vulnerados los derechos de éste al debido proceso, a la defensa, a la tutela judicial efectiva, al acceso a la justicia, a la motivación y fundamentación; por cuanto, las Juezas Técnicas del Tribunal Noveno de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz -la autoridad judicial hoy demandada entre ellas-, formularon criterio legal sobre la continuidad del juicio oral, por lo que fueron recusadas; sin embargo, la Jueza demandada, no emitió pronunciamiento alguno sobre su allanamiento o no a la recusación presentada y realizó una serie de actos procesales a partir de ese momento.