SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0662/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0662/2015-S3

Fecha: 15-Jun-2015

a)

Pablo Vargas Pizarro, Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, por informe escrito presentado el 23 diciembre de 2014, cursante a fs. 32 y vta., manifestó que: a) Las peticiones del imputado -ahora accionante- fueron atendidas oportunamente, emitiéndose los oficios solicitados que a la fecha, no fueron recabados; y, b) Si los imputados se ven perjudicados en el proceso esto no es atribuible al juzgador, sino a su abogado defensor al no adjuntar los elementos con los que se va considerar la cesación, teniéndose a la fecha, señalada la audiencia a efectos de dar cumplimiento del art. 325 del CPP.

Alex Antezana Ayala, Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del mismo departamento, no se hizo presente en la audiencia de acción de libertad y tampoco remitió informe alguno, a pesar de su legal notificación de 23 de diciembre de 2014 (fs. 17), por otro lado Luisa Flores Medina, Secretaria Abogada de dicho Juzgado remitió informe escrito cursante a fs. 24, manifestando que la presente causa fue remitida al “…Juez Octavo de Instrucción Penal…” (sic.), quien tiene control jurisdiccional desde el 15 de igual mes y año.