Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0664/2015-S3
Fecha: 15-Jun-2015
denegó
El Juez Cuarto de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, por Resolución de 17 de diciembre de 2014, cursante de fs. 84 a 88, denegó la tutela solicitada, con el fundamento que: a) Los accionantes, por memorial de 13 de noviembre de 2014, purgaron costas de rebeldía; y, b) La Jueza demandada, ya no cumple funciones en el Juzgado Decimocuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de Cochabamba; por lo que, carece de legitimación pasiva y al remitirse los antecedentes al Juzgado Cuarto de la misma materia, los accionantes, debieron acudir a este último a efecto de corregir los aspectos demandados.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa
- III.2. La aprehensión por rebeldía y los supuestos de comparecencia del rebelde en el proceso penal
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR