Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0664/2015-S3
Fecha: 15-Jun-2015
II.3.
II.3. Consta memorial presentado el 20 de noviembre de 2014, por el cual, los accionantes, interpusieron recurso de reposición contra el proveído de 17 de igual mes y año, solicitando además que, en el plazo de veinticuatro horas se remitan los actuados ante el Tribunal de Sentencia Penal de turno, en cumplimiento de la Ley 586 de 30 de octubre de 2014 (fs. 43 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa
- III.2. La aprehensión por rebeldía y los supuestos de comparecencia del rebelde en el proceso penal
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR