SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2015-S2
Fecha: 10-Jun-2015
denegó
El Juez de Partido Mixto y de Sentencia Penal de Tiraque del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 001/2014 de 24 de diciembre, cursante de fs. 102 a 106, denegó la tutela solicitada con los siguientes fundamentos: 1) No cursa en obrados documental que acredite se hubiere remitido al Fiscal Departamental la Resolución de sobreseimiento; 2) El Juez demandado conminó en dos oportunidades al Fiscal de Materia, para que presente la diligencia de notificación a la víctima con el sobreseimiento, no obstante de haber notificado al Fiscal de Distrito para que adopte medidas disciplinarias contra el referido Fiscal, ejerciendo el control jurisdiccional; por lo cual, la autoridad demandada no conculcó el derecho a la libertad del accionante; y, 3) Se hace constar que el Fiscal de Materia asignado al caso, pese a conminatorias impartidas por el Juez de la causa, no ha materializado el principio de celeridad respecto al procedimiento establecido en el art. 324 del CPP, siendo atribuible la retardación de justicia a dicha autoridad.