Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0698/2015-S1
Fecha: 26-Jun-2015
II.2.
II.2. Mediante informe de 6 de agosto de 2013, la Trabajadora Social de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del mencionado gobierno municipal, sugiere la reinserción del menor a la progenitora, bajo seguimiento periódico por dos años, actas de medidas socioprotectivas, ya que no se puede negar al niño el derecho a una familia; y, que además la progenitora reclama por el niño (fs. 3 a 6)
- acción de libertad constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- además de haber ampliado su ámbito de aplicación y protección haciéndola extensible al derecho a la vida
- III.2. El derecho a la vida y la acción de libertad
- la acción de libertad como el mecanismo eficaz a través del cual se protegen y restituyen el derecho a la vida y a la libertad cuando estos son vulnerados o amenazados
- establece que puede interponer la acción de libertad, toda persona que considere que su vida está en peligro
- Fragmento 11
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR