SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0698/2015-S1
Fecha: 26-Jun-2015
III.3. Análisis del caso concreto
Según lo señalado en la Conclusión II.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, en cuanto a la salud del menor de edad cuyo derecho a la vida se encontraría en peligro, conforme se acusa mediante la presente acción tutelar; se tiene que, el diagnóstico de la médica de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, determina que es un “niño sano”. Por otra parte, a raíz del incidente sucedido en el Centro de Nutrición Infantil “Albina R. de Patiño” todos los menores acogidos en esa institución están siendo sometidos a revisiones médicas generales con la intervención del Ministerio Publico, consecuentemente la vida de AA está protegida y no se encuentra en peligro, no habiendo la parte accionante demostrado lo contrario.
Lo desarrollado demuestra que el derecho a la vida de AA, entendido conforme al Fundamento Jurídico III.2 de este fallo, no se encontraba amenazado, ni conculcado por la autoridad ahora demandada al rechazar las reiteradas solicitudes de reinserción familiar, en cuyo mérito no corresponde otorgar la tutela solicitada.
- acción de libertad constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- además de haber ampliado su ámbito de aplicación y protección haciéndola extensible al derecho a la vida
- III.2. El derecho a la vida y la acción de libertad
- la acción de libertad como el mecanismo eficaz a través del cual se protegen y restituyen el derecho a la vida y a la libertad cuando estos son vulnerados o amenazados
- establece que puede interponer la acción de libertad, toda persona que considere que su vida está en peligro
- Fragmento 11
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR