SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0718/2015-S2
Fecha: 24-Jun-2015
a)
El accionante, se ratificó in extenso en el memorial de la acción de libertad interpuesta, permitiéndose ampliar la misma bajo los siguientes fundamentos: a) Al haber sido privado de libertad se vulneró los derechos y garantías constitucionales falseando los datos, la indicada autoridad Fiscal, de la declaración informativa que aparece como tomada a horas 18:35 del 1 de diciembre de 2014, aspecto por demás falso porque su persona fue sometido a declaración informativa a horas 22:00, terminando la misma a la media noche; y, b) Se procedió a notificarle con una Resolución de aprehensión a horas 22:00; es decir, antes de que inicie su declaración informativa, siendo esta, la ilegalidad de privación de libertad, que hoy se reclama, continuando que después de su declaración informativa y la señalada Resolución, en su encabezamiento menciona articulados que no otorgan facultades para aprehender haciendo referencia a acciones directas en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra de la primera acusación formal y la segunda imputación, que no tienen nada que ver con la aprehensión.