SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0726/2015-S2
Fecha: 26-Jun-2015
1)
David Conde Andrade, Auxiliar Generador de Notificaciones del mismo Juzgado y departamento, en mérito a la solicitud verbal efectuada por “…la autoridad máxima de este Órgano Judicial…” (sic), -lo correcto es Presidente del Tribunal Departamental de Oruro- el 16 de enero de 2015, en su informe escrito, cursante a fs. 71 y vta., indicó que: 1) El Juez titular del mencionado Juzgado, fue notificado el 16 de enero de 2015, con la acción de libertad interpuesta por Juana Quispe Choque, advirtiéndose de la revisión del cuaderno de control jurisdiccional que el 13 del mimo mes y año, providenció al memorial que antecede de la misma fecha, solicitando se libre mandamiento de libertad provisional; y, 2) Conforme lo establece la ley, el decreto y el memorial fueron remitidos para su notificación a las partes; sin embargo, hasta la fecha, según el sistema de IANUS, si bien las notificaciones fueron enviadas, no han sido realizadas por parte del Oficial de Notificación; en consecuencia, no fueron devueltas al juzgado de origen.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3..
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- celeridad
- pronta, oportuna
- III.2. Los efectos del sobreseimiento sobre la situación de un detenido preventivo
- En consecuencia, sintetizando lo anteriormente desarrollado, corresponde precisar lo siguiente: 1) Una vez que el Fiscal inferior presenta el sobreseimiento al juez, ya sea como efecto de una impugnación o de oficio, deberá remitir dicho actuado dentro del plazo máximo de veinticuatro horas al Fiscal Departamental para su revisión, y el Fiscal Departamental, o superior jerárquico, una vez recibido el sobreseimiento deberá emitir su resolución de ratificación o de revocatoria al sobreseimiento, indefectiblemente dentro de los cinco días siguientes; y, 2) Una vez transcurrido el lapso señalado, sin que el Fiscal Departamental se haya pronunciado en cualquiera de sus formas, el juez a cargo del proceso, dispondrá de oficio o a petición de parte la libertad inmediata del imputado sobreseído. Entendimiento que implica una superación de la SCP 0068/2012 de 12 de abril
- corresponderá la libertad inmediata entendimiento que relieva la labor que realiza el Ministerio Público cuya actuación debe ser respetuosa del derecho a la libertad de las y los imputados privados de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR