Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El proyecto de carta orgánica municipal (COM) de la entidad territorial autónoma (ETA) de Villa Serrano, fue sometida a control previo de constitucionalidad y resuelta a través de la DCP 0008/2015 de 14 de enero, sobre la cual los suscritos Magistrad
Fecha: 16-Jul-2015
2. Ley Municipal.
2. Ley Municipal. La ley Municipal es la norma jurídica deliberada y aprobada por el Concejo Municipal como autoridad competente. Es de cumplimiento obligatorio desde el momento de su publicación, salvo que de ella se establezca un plazo diferente para su entrada en vigencia; la Ley Municipal configura y regula la vida y desarrollo institucional de manera integral, dentro del ámbito de las competencias establecidas en la Constitución Política del Estado, leyes en vigencia y la presente Carta Orgánica Municipal.
- I.
- Análisis
- 2. Ley Municipal.
- 3. Resolución Municipal.
- De lo referido se concluye que el control de constitucionalidad no alcanza a la valoración de los fines, los propósitos, la conveniencia o beneficios que pudiese generar la disposición legal sometida a control; lo que significa que el Tribunal Constitucional, como órgano encargado del control de constitucionalidad, no tiene a su cargo la evaluación de si son convenientes, oportunos o benéficos los propósitos buscados por las normas impugnadas, su labor se concentra en el control objetivo de constitucionalidad de las disposiciones legales impugnadas
- 3. Las leyes nacionales, los estatutos autonómicos, las cartas orgánicas y el resto de legislación departamental, municipal e indígena; 4. Los decretos, reglamentos y demás resoluciones emanadas de los órganos ejecutivos correspondientes