El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0740/2015-S1 de 17 de julio; toda vez que, considera que se debió
Fecha: 17-Jul-2015
Fragmento 3
Al respecto, la SC 1262/2004-R de 10 de agosto, desarrollo el siguiente entendimiento: “Considerando que los recurrentes invocaron la lesión del derecho al debido proceso de su representado, que se habría generado en errores de procedimiento en que habrían incurrido las autoridades judiciales recurridas, para examinar adecuadamente dicha problemática, con carácter previo resulta necesario dilucidar sobre sí todo error o defecto de procedimiento en que incurre un Juez tiene relevancia constitucional que justifique la activación del amparo constitucional y, por consiguiente, la concesión de la tutela solicitada. A ese respecto es preciso expresar las siguientes consideraciones de orden constitucional: