SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0711/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0711/2015-S3

Fecha: 03-Jul-2015

concedió

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 01/2015 de 8 de enero, cursante de fs. 114 a 117 vta., concedió la tutela solicitada; disponiendo que en el plazo de cuarenta y ocho horas, los demandados entreguen la documentación peticionada por el accionante en las notas de 12 de noviembre y 17 de diciembre de 2014, y que la misma esté a satisfacción del peticionante, con imposición de costas a ser evaluadas en ejecución de sentencia, bajo los siguientes fundamentos: a) Sobre el informe presentado por el codemandado Francisco Navajas Baldivieso, en sentido de que se hubiera entregado la documentación solicitada, el 8 de enero de 2015 a horas 10:15; cabe señalar que la parte accionante requirió la documentación referida a la Licitación Pública “Edición de las Guías Telefónicas para COSETT, gestión 2015” (sic), mediante la primera nota de 12 de noviembre de 2014, reiterada el 18 de diciembre del referido año; posteriormente el 17 del señalado mes y año, se realizó una nueva petición de entrega de más documentación, misma que fue repetida el 18 y 23 de igual mes y año, por lo que, ante la remisión de lo solicitado recién el 8 de enero de 2015, se establece que la entrega de documentación no fue atendida de manera pronta ni oportuna, siendo posterior a la notificación con la demanda de acción de amparo constitucional; y, b) Asimismo, se tiene que dicha documental no está a satisfacción de la parte accionante, puesto que por lo afirmado en audiencia, la misma estaría incompleta, vulnerándose el derecho a la petición, previsto en el art. 24 de la CPE.