SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0720/2015-S3
Fecha: 03-Jul-2015
concedió
La Jueza Tercera de Partido y de Sentencia Penal de Bermejo del departamento de Tarija, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 4 de diciembre de 2014, cursante de fs. 102 vta. a 107, concedió la tutela solicitada ordenando: a) La reincorporación inmediata de la accionante en el último cargo desempeñado en el Gobierno Autónomo Municipal de Bermejo; y, b) El pago de sueldos que dejó de percibir desde su retiro (7 de junio de 2014) a la fecha como los demás derechos sociales que le corresponde; bajo los siguientes fundamentos: 1) Se evidencia que el Gobierno Autónomo Municipal de Bermejo suscribió contratos con la accionante desde el 2010 siendo el último de 9 de enero de 2014; 2) La accionante en vigencia del último contrato suscrito pone en conocimiento a través de certificado médico que tiene un hijo con capacidades distintas; 3) La Jefatura Regional del Trabajo de Bermejo refiere que no corresponde la denuncia de reincorporación en razón a que no existe relación laboral, por cuanto en esa instancia no se valorará la situación del menor discapacitado; 4) Al retirarse a la trabajadora con el sustento de no haber presentado documento idóneo que certifique la discapacidad del menor, cabe hacer notar la existencia del certificado médico el cual fue confirmado por el carnet de discapacidad, que previo tramite recién se haría entrega el 22 de diciembre de 2014, sin que la afección del menor durante ese tiempo haya cambiado, por cuanto la falta de protección por parte de la institución Municipal a la accionante que tiene bajo su cuidado un menor discapacitado, efectivamente lesiona derechos y contraviene el Decreto Supremo (DS) “27447”; y, 5) La excepción al principio de subsidiariedad se encuentra justificado dado que el trabajo de la accionante es el principal medio que tiene para proveer y solventar los gatos que requiere el tratamiento multidisciplinario y los cuidados mínimos del menor.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1. Alcances y carácter de los contratos de consultoría en línea
- de acuerdo con los términos de referencia y las condiciones establecidas en el contrato
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR