Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0720/2015-S3
Fecha: 03-Jul-2015
II.4.
II.4. De fs. 14 a 47, cursan contratos de prestación de servicios suscritos entre el Gobierno Autónomo Municipal de Bermejo y la accionante, relación laboral desde el 10 de noviembre de 2010 al 4 de enero de 2014, habiéndose suscrito en total 3 contratos de prestación de servicios, suscribiéndose el último el 10 de enero de 2011; posteriormente, se suscribieron seis contratos para consultores el línea realizándose el primero el 3 de mayo de 2011 y el ultimo el 9 de enero de 2014, indicándose como término de vigencia de este último tres meses y veintiún días.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1. Alcances y carácter de los contratos de consultoría en línea
- de acuerdo con los términos de referencia y las condiciones establecidas en el contrato
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR