Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0723/2015-S3
Fecha: 01-Jul-2015
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante denuncia la lesión de sus derechos a la dignidad humana y a la estabilidad laboral, citando al efecto los arts. 8.II; 21 inc. 2); 22; 46.III; 48.I.II y III; 49.II; 92 de la Constitución Política del Estado (CPE); 4 del Convenio 158 sobre la terminación de la relación de trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); y, 23.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Análisis en el caso concreto
- Los casos de reconsideración requerirán dos tercios de votos
- REVOCAR