SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0728/2015-S2
Fecha: 02-Jul-2015
a)
Cosset Estensoro Torricos, Directora General de Migración y Waldo Bernal Salinas, Jefe de Inspectoría y Arraigo de Migración, a través de su abogada en audiencia, señalaron lo siguiente: a) El 29 de octubre de 2013, Helen Karisa Díaz Bernal, mediante memorial dirigido a la Dirección General de Migración solicitó el mandamiento de arraigo por deudas contra el accionante, es así que Waldo Bernal Salinas, instruyó al personal interno de la Unidad, que tome los recaudos necesarios en caso de que éste quiera salir del país y claramente dicho instructivo establece que debe ponerse en manos de un policía para luego ser trasladado ante la autoridad legal; b) El accionante para evitarse de problemas podía agotar vía administrativa enviando una nota ante la Dirección General de Migraciones señalando que no tenía deudas pendientes con Helen Karisa Díaz Bernal y que de manera injusta e ilegal estaba su nombre en el instructivo ordenado por Waldo Bernal Salinas; y, c) Si consideraba que el acto administrativo traducido en un instructivo era violatorio a sus derechos, primero debió acudir a la misma autoridad que emitió el instructivo, posterior a eso ante el rechazo, tenía el recurso de revocatoria ante la referida autoridad y si ésta rechazaba su petición, tenía a mano el recurso jerárquico; es decir, que todavía existían vías administrativas subsidiarias para corregir, anular o en su caso, dejar sin efecto el acto administrativo que el accionante alega como vulneratorio.
A su turno, la codemandada Helen Karisa Díaz Bernal, señaló que tiene un certificado médico forense que establece que tiene cincuenta días de impedimento, que fueron provocados por el accionante, por lo que va a seguir adelante, pidiendo justicia con el fin de que el accionante cumpla con sus obligaciones de padre.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Persecución indebida y acción de libertad innovativa
- la acción de libertad, tiene distintas modalidades entre ellas se encuentra la modalidad innovativa. La misma tradicionalmente procede a efectos de tutelar una detención cuando ésta ya ha cesado a efectos de no dejar en impunidad el actuar lesivo de quienes han lesionado el derecho a la libertad.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR