SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0728/2015-S2
Fecha: 02-Jul-2015
III.1. Persecución indebida y acción de libertad innovativa
La SCP 2491/2012 de 3 de diciembre, ha señalado lo siguiente: “La persecución indebida, ha sido definida por el anterior Tribunal Constitucional en la SC 0419/2000-R de 2 de mayo, como: '…la acción de un funcionario público o autoridad judicial que busca, persigue u hostiga a una persona sin que exista motivo legal alguno y una orden expresa de captura emitida por autoridad competente en los casos establecidos por ley, o cuando se emite una orden de detención, captura o aprehensión al margen de los casos previstos por Ley e incumpliendo las formalidades y requisitos establecidos por ella…', en ese contexto de precedencias la SC 0036/2007-R de 31 de enero, precisó los presupuestos en los que se da persecución, señalando que son: '1) la búsqueda u hostigamiento a una persona con el fin de privarle de su libertad sin motivo legal o por orden de una autoridad no competente, y 2) la emisión de una orden de detención, captura o aprehensión al margen de lo previsto por ley'.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Persecución indebida y acción de libertad innovativa
- la acción de libertad, tiene distintas modalidades entre ellas se encuentra la modalidad innovativa. La misma tradicionalmente procede a efectos de tutelar una detención cuando ésta ya ha cesado a efectos de no dejar en impunidad el actuar lesivo de quienes han lesionado el derecho a la libertad.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR