Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0764/2015-S3
Fecha: 08-Jul-2015
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 24 de septiembre de 2014, Juana Mamani Ventura en representación de su hijo AA, solicitó la cesación de su detención preventiva (fs. 37 a 39), por Resolución 243/14 de 29 de septiembre de 2014, se rechazó la solicitud de modificación de medidas cautelares de AA y BB (fs. 44 y vta.), el 2 de octubre del mismo año, Juana Mamani Ventura y Julia Tito de Chávez en representación de sus hijos AA y BB presentaron recurso de apelación, el cual fue corrido en traslado el 3 de octubre de 2014 (fs. 45 a 51).