SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0779/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0779/2015-S2

Fecha: 08-Jul-2015

1)

Renán Vargas Quispe, Director de la FELCC de Roboré, del departamento de Santa Cruz, en audiencia manifestó: 1) La policía actuó de acuerdo a ley, es así que el 14 de enero de 2015, sustrajeron una motocicleta dos sujetos, que le comunicaron del robo al accionante, consiguientemente, él tenía conocimiento desde el día miércoles y no como manifiesta que se enteró el lunes, el impetrante, se reunió con los supuestos ladrones Willan Barba Sandoval y Ángel Sandoval Franco, quienes sabían dónde estaba la motocicleta; 2) El lunes por la mañana vuelven a encontrarse para repartirse las partes de la moto, pero ya no estaba donde la dejaron y los únicos que sabían dónde se hallaba eran los supuestos autores. A las 17:00 el impetrante ubicó al propietario y le dice donde supuestamente estaba la moto con la finalidad de deslindar responsabilidades proporcionándole los nombres de los autores, datos con los que acudió a la policía, cuyos efectivos posteriormente detuvieron a los autores del hecho, quienes facilitaron la ubicación de la motocicleta y dieron el número de teléfono del ahora accionante a quien a horas 22:30 lo condujeron a la FELCC; 3) Al existir suficientes elementos de convicción, se ordenó la detención del impetrante, con fines de investigación, y el policía asignado al caso llamó al Fiscal de Materia, sin lograr comunicarse. A horas 09:00 la representante del Ministerio Público, manifestó que fue asignada una nueva autoridad para Roboré, y lo que se hizo fue esperar, procediendo a recepcionar las declaraciones a los autores que involucraron al accionante, quien insistía en la repartija de la moto, pues quería las llantas, aspecto que el mismo confirmo señalando que era para las carreras; y, 4) Al existir muchas contradicciones entre los involucrados que hacen dudar de su participación, por lo cual, la policía actuó de acuerdo a ley, señalando que no es fácil trasladarse desde la ciudad de Santa Cruz de la Sierra; motivo por el cual, el impetrante continuaba detenido.