SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0779/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0779/2015-S2

Fecha: 08-Jul-2015

concedió

La Jueza de Instrucción Mixta de Roboré del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 01/2015 de 21 de enero, cursante de fs. 7 vta. a 9 vta., concedió la tutela solicitada, con base en los siguientes fundamentos: i) De la compulsa de la acción de libertad, se tiene la detención en la policía “cantonal de Roboré”, el lunes 19 de enero de 2015 a horas 23:00, por un hecho que se suscitó el 14 del mismo mes y año; ii) No se puede dejar de lado el derecho a la libertad de locomoción pues pasado el término previsto por ley de las ocho horas, o el término de la distancia para su conocimiento, el desconocerlo implica la vulneración del derecho a la libertad contemplada y prevista por la Carta Magna y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, al existir privación de libertad por más de veinticuatro horas, sin el debido proceso, aplicable al caso de autos; iii) La autoridad demandada no presentó antecedentes del proceso al despacho judicial, que debió estar plasmado en el cuaderno de investigaciones; empero, señalaron que está en poder del Fiscal asignado al caso, que tomó declaraciones de los detenidos del presente hecho; y, iv) De lo expresado en audiencia por las partes, se entiende que no existió ninguna actuación u orden por parte del Ministerio Público para la detención del impetrante, en atención a las previsiones del art. 125 de la CPE, en resguardo al derecho de locomoción y a la protección de los derechos fundamentales constitucionales, previstos y contenidos en la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, corresponde tutelar la presente acción.