AUTO CONSTITUCIONAL 0216/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0216/2015-RCA

Fecha: 12-Ago-2015

I.2. Derechos, garantías y principio supuestamente vulnerados

El accionante a través de sus representantes, considera lesionados sus derechos al debido proceso, a la libertad y a la seguridad personal, “seguridad jurídica”, a la dignidad, a ser oído, a una justicia pronta y oportuna, a ser juzgado dentro un plazo razonable, también como garantía jurisdiccional, así como el principio de legalidad, citando al efecto los arts. 21.2, 22, 23, 115.II, 120 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14.3 inc. c) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).