Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0216/2015-RCA
Fecha: 12-Ago-2015
I.2. Derechos, garantías y principio supuestamente vulnerados
El accionante a través de sus representantes, considera lesionados sus derechos al debido proceso, a la libertad y a la seguridad personal, “seguridad jurídica”, a la dignidad, a ser oído, a una justicia pronta y oportuna, a ser juzgado dentro un plazo razonable, también como garantía jurisdiccional, así como el principio de legalidad, citando al efecto los arts. 21.2, 22, 23, 115.II, 120 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14.3 inc. c) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos, garantías y principio supuestamente vulnerados
- a)
- improcedencia
- I.
- II.1. Marco normativo constitucional
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- debido a que las autoridades demandadas determinaron que el
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