Juristeca
Juristeca País
    AUTO CONSTITUCIONAL 0219/2015-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0219/2015-RCA

    Fecha: 13-Ago-2015

    2.

    En segundo término, la causa objeto de análisis, también incurre en la causal de improcedencia del art. 66 del CPCo, citado en el Fundamento Jurídico II.2 de este Auto Constitucional, que señala que “La Acción de cumplimiento no procederá: 2. Cuando el accionante no haya reclamado previamente y de manera documentada a la autoridad accionada, el cumplimiento legal del deber omitido”.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.3. Petitorio
    • improcedencia
    • 1)
    • Fragmento 6
    • no adjuntaron originales o fotostáticas legalizadas de su credencial y actas de posesión
    • 2.
    • los accionantes no acreditaron este extremo con documentación alguna
    • Fragmento 10
    • CONFIRMAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca