Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0302/2015-CA
Fecha: 12-Ago-2015
II.3. Análisis del caso concreto
Aparejados los antecedentes que cursan en el expediente, se evidencia que por oficio presentado el 30 de abril de 2015 (fs. 132), Vicenta Colque Condori, Jiliri Jach’a Mallku Tayka, “Bartolina Sisa” Ejecutiva de la Provincia Suyu Ingavi del departamento de La Paz, puso en conocimiento del Tribunal Tercero de Sentencia Penal de El Alto del mismo departamento, que el caso denominado “Ministerio Público y Florentino Gómez Calisaya y otros contra Marcial Canaviri Condori”, sobre tentativa de asesinato, ya fue resuelto por la justicia de la “Comunidad Chuquiñuma Irpa Grande” de la provincia Ingavi de ese departamento.
- SOLICITO MUY RESPETUOSAMENTE A SU AUTORIDAD TOMAR EN CUENTA LOS DOS VOTOS RESOLUTIVOS A LOS QUE ACORDARON LAS 64 COMUNIDADES
- I.3. Resolución de la autoridad judicial
- será planteada
- a partir de la petición de la autoridad demandante, ésta se encontrará facultada para plantear el conflicto ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2. Procedimiento para suscitar el conflicto de competencias jurisdiccionales
- primero
- II.3. Análisis del caso concreto
- se declaró COMPETENTE para conocer la causa seguida por el Ministerio Público y otros contra Marcial Canaviri Condori, por la supuesta comisión de los delitos de tentativa de asesinato, robo agravado, daño calificado y allanamiento de domicilio o sus dependencias
- a)
- Fragmento 10