AUTO CONSTITUCIONAL 0305/2015-CA
Fecha: 14-Ago-2015
II.4. Análisis del caso concreto
En el presente caso, los accionantes solicitan se promueva la acción de inconstitucionalidad concreta contra la Disposición Final Vigésima del DS 29215 de 2 de agosto de 2007; y del art. 110 inc. f) del DS 29894 de 7 de febrero de 2009, por ser presuntamente contrarios a los arts. 56.I y II, 115, 116, 119, 393, 397, 401.I, 404 y 410 de la Norma Suprema.
Esta Comisión de Admisión, advierte, que las normas ahora impugnadas ya fueron sometidas a control previo de constitucionalidad, a cuya consecuencia la Sala Plena de este Tribunal, declaró la constitucionalidad de las mismas: la Disposición Final Vigésima del DS 29215, mediante la SCP 1548/2013 de 13 de septiembre; y del art. 110 inc. f) del DS 29894, a través de la SCP 0671/2014 de 8 de abril.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DEL RECURSO
- I.3. Resolución del Tribunal consultante
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Sobre la cosa juzgada constitucional
- II.4. Análisis del caso concreto
- hace improcedente una nueva demanda de inconstitucionalidad contra la misma norma, siempre y cuando se trate del mismo objeto causa y se argumente los mismos preceptos constitucionales impugnados”
- se concluye que en esencia los argumentos no difieren