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    AUTO CONSTITUCIONAL 0308/2015-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0308/2015-CA

    Fecha: 14-Ago-2015

    recurso directo de nulidad

    El recurso directo de nulidad interpuesto por Carla Ximena Hurtado Arandia contra Vitalio Quiroga Dorado, Horacio Andaluz Vegacenteno y María de Los Ángeles Nahid Cuomo, miembros del Tribunal del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Industria y Comercio (CAINCO) demandando la nulidad del Auto 1 de 6 de julio de 2015 (fs. 41 a 45).

    • recurso directo de nulidad
    • I.1. Antecedentes
    • I.2. Argumentos jurídicos del recurso
    • I.3. Petitorio
    • II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
    • II.2. Improcedencia del recurso directo de nulidad relacionada con el debido proceso
    • El derecho al debido proceso, es de aplicación inmediata, vincula a las autoridades judiciales o administrativas y constituye una garantía de legalidad procesal previsto por el constituyente, para proteger derechos a la tutela judicial efectiva, a la garantía de certeza e intangibilidad de resoluciones judiciales a la debida fundamentación de las resoluciones judiciales
    • II.3. Análisis del caso concreto
    • IMPROCEDENTE

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