AUTO CONSTITUCIONAL 0322/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0322/2015-CA

Fecha: 28-Ago-2015

rechazó

Por Resolución 170/2015 de 24 de abril, cursante de fs. 182 a 185, pronunciada por el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, se rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, fundamentando que: 1) La acción no expresa de manera concreta e inequívoca en qué medida la resolución a dictarse dependerá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la norma impugnada, ni la relevancia que tendrá la misma en la decisión del proceso; 2) La resolución que determine la autoridad jurisdiccional está enmarcada en la valoración efectiva de los actuados procesales; y, 3) La demanda carece de fundamentación y es manifiestamente improcedente debido a la falta del nexo de causalidad entre lo impetrado y la vulneración de derechos fundamentales.