SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0769/2015-S1
Fecha: 04-Ago-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante alega que el Juez Técnico del Tribunal Sexto de Sentencia Penal, vulneró sus derechos al debido proceso y a la defensa, por cuanto el 7 de agosto de 2014, la autoridad judicial demandada, pese a que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, el Consejo de la Magistratura y el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dispusieron la suspensión de actividades laborales de los servidores públicos, sin que exista convocatoria para conformar el Tribunal Cuarto de Sentencia Penal; en ausencia de la Presidenta, instaló el acto procesal y al constatar la inasistencia de la Juezas Ciudadanas, dispuso la emisión de mandamiento de aprehensión en contra suya, sin considerar que los Jueces Ciudadanos y Técnicos, tienen la misma jerárquica.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- c)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- Fragmento 10
- III.3. Con relación a los jueces ciudadanos
- III.4. Análisis del caso
- CONFIRMAR