SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0787/2015-S1
Fecha: 18-Ago-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Manifiestan que, desde horas 14:00 del día 1 de febrero de 2015 sus representados fueron privados de libertad por la supuesta disposición de Carla Barrón Hidalgo Fiscal de Materia y el policía Freddy Garnica Rodríguez en las dependencias del Módulo Policial 7 de la FELCC, de la zona “Pampa de la Isla” de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra; aprehendidos en los, predios ubicado en el barrio San Expedito, Final de la Av. Virgen del Luján, a pesar que los mismos fueron posesionados de buena fe por Víctor Hugo Suarez Suarez, -vendedor- a quien le entregaron montos de dinero por concepto de lotes de terreno.
En forma premeditada, la familia del vendedor mencionado y la supuesta dueña Maida Eguez Rivero, provocaron un amague de incendio quemando objetos desechables, ante esta situación, con el argumento de firmar garantías constitucionales fueron aprehendidos sin conocer denuncia previa alguna; a pesar de ser plenamente identificados, la Fiscal y el policía ahora demandados, omitieron realizar el registro del lugar, de los hechos, con la constatación y recabar
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- d)
- 1)
- “improcedente”
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- Fragmento 12
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.3.El juez de instructor en lo penal encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación
- Fragmento 16
- 2
- III.4.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR