Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2015-S1
Fecha: 27-Ago-2015
1)
Celebrada la audiencia pública el 23 de diciembre de 2014, según consta en el acta cursante de fs. 13 a 14; conforme al informe de la Secretaría abogada, señaló que: 1) No se hicieron presentes las autoridades demandadas, asimismo, Silvia Daniela Beltrán Serrate, representante del accionante, no fue notificada y no se hizo presente, empero, presentó un memorial de retiro de la presente acción; y, 2) En cumplimiento de la SCP 2088/2013 de 18 de noviembre, que refiere sobre el retiro o desistimiento de la acción de libertad y esta debe ser antes de señalamiento de audiencia para considerar la misma.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. De la carga de la prueba en la acción de libertad
- III.4. Sobre el retiro de la acción de libertad
- III.5.Análisis del caso