SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0831/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0831/2015-S3

Fecha: 17-Ago-2015

denegó

La Jueza Segunda de Sentencia Penal del departamento de Tarija, constituida en Jueza de garantías, a través de la Resolución 42/2014 de 17 de octubre, cursante de fs. 129 a 134 vta., denegó la tutela solicitada; en base a los siguientes fundamentos: a) Por lo expuesto en la demanda se tiene que el ahora accionante se encontraría en Asunción Paraguay, no estando por lo tanto privado de su libertad, tampoco se encontraría indebidamente procesado al existir en su contra una denuncia por la presunta comisión del delito de enriquecimiento ilícito, consecuentemente no está indebidamente perseguido; b) Conforme a la SCP 0217/2014, del análisis del Auto de Vista 83/2014, no se advierte que el mismo en la valoración de la prueba, se haya apartado de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir, ni que haya adoptado una conducta omisiva expresada en no recibir, producir o compulsar la prueba, no siendo atribución de la justicia constitucional ingresar al análisis de la misma, inadvirtiendo insuficiente motivación en el fallo que se impugna; y, c) No se evidencia la vinculación directa de las supuestas violaciones con el derecho a la libertad, tampoco vulneraciones al derecho a la comunicación de los hechos incriminados, a la defensa, falta de fundamentación y motivación de la decisión, del principio de legalidad penal e irretroactividad y al derecho al refugio, que tengan trascendencia constitucional.