SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0831/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0831/2015-S3

Fecha: 17-Ago-2015

Fragmento 13

Es decir, a consideración de la parte accionante, cuando las autoridades demandadas pronunciaron el Auto de Vista 83/2014, al confirmar el Auto interlocutorio de 3 de diciembre de 2013, convalidaron los actos procesales con defectos absolutos dejándolo en estado de indefensión absoluta, aplicando de forma retroactiva la Ley de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”; asimismo, desconocieron su derecho al refugio político, no fundamentaron, ni motivaron adecuadamente la misma, siendo incongruentes y omitieron valorar la prueba; sin embargo, no es posible advertir de qué manera esas supuestas lesiones al debido proceso alegadas por el accionante se encontrarían vinculadas con su derecho a la libertad.